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LA MENTIRA DE LOS POLITICOS

La palabra MENTIRA según la enciclopedia Wikipedia es lo siguiente:

"Una mentira es una declaración realizada por alguien que cree o sospecha que es falsa en todo o en parte, esperando que los oyentes le crean, ocultando siempre la realidad en forma parcial o total".
En política desde lo mas alto de nuestras instituciones hasta lo mas bajos… Desde la Casa Real, Gobiernos, Senado, CC.AA, Diputaciones,… Desde los Alcaldes, Concejales,… Desde los Secretarios Generales hasta los militantes con responsabilidad de los partidos políticos,… Todos esconden, deforman, contornan, difaman sistemáticamente la verdad 

¡Todos mienten con poco o muchos conocimientos de sus palabras; Son ciegos ofuscados por el poder, por su status, por el halagó del entorno son consentidos de ser importantes y amantes de los aplausos. La mentira es parte de la vida cotidiana de los políticos, la mentira pertenece a su sombra, para ellos la mentira es indispensable a su supervivencia.


Según observadores políticos un político vago tendrá éxito, un político fastidioso también, pero un político que no sabe mentir esta condenado al fracaso! 

Las pequeñas “menteligias “dan acceso a las grandes mentiras para después llegar y culminar a las mentiras electorales. 


Los nuevos o novatos políticos empiezan los discursos tradicionales con las siguientes frases; 

- No tengo más ambición que de servir a mis ciudadanos? 

– No soy un político tradicional ¿

- Soy un político diferente ¿-etc... etc... 

En el ranking de las mentiras políticas esta la del político que predica la “unidad del partido “ hay una regla que no esta escrita en la cual el partido debe parecer unido en cualquier circunstancia! Por eso ese “parecer “necesita un numero incalculable de mentiras; lo que cuenta es la apariencia de lealtad y de franqueza.


En política la mentira y el engaño son los lideres de la doctrina del partido, los que por fidelidad a los principios mas sagrados dicen lo que piensan, son tratados como parias por su propio partido, dicho de otro modo los que actúan con franqueza cometen un acto innoble, y los que se callan o esconde sus intenciones son gratificados en ser personas respetables y leales. 

La mentira ha engangrenado la clase política en su recoveco y creo que es importante buscar los orígenes de este mal: La respuesta es sencilla: 

si los políticos recurren a la mentira es que están convencidos de su rentabilidad.


Los políticos que son los más hábiles con la falacia o falsedad son los que más tiempos duran y con más éxito.


Alguien me dirá “ es que no hay político honesto? 

“ Aquí no se trata de honestidad, hay políticos con buenas intenciones, adicto y muy entregado a su labor y partido. 


Hay un escritor Frances (Pierre Lenain) que dice:

 “ Político honesto puede ser que los hayas pero políticos que no mientan: imposible! “ 

Es una verdad muy dura y que radica en la rentabilidad de la mentira; ¿y porque es rentable ?:

 Porque el pueblo lo recompensa con los votos.

 El mejor político mentiroso es el que gana, 

¿Por ignorancia de los ciudadanos al engaño del político? O por que no tiene otro modo de castigo.

Los ciudadanos saben perfectamente que el político miente; pero no saben contemplar la mentira en toda su amplitud y consecuencia. 

Aparece un político nuevo, una nueva figura, con don de palabras, con propuestas diferentes y convincentes y el ciudadano cae otra vez en la trampa…

Esa esperanza, ese voto se explica por el desconocimiento real de la mentira en política, ya que cualquier persona coherente que siga de “cerca “este político o partido perderá rápidamente las ilusiones 


Los políticos quieren y viven por el voto, dependen solamente de nosotros de hacérselo pagar y cuando mas caro mejor.






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Que no nos "mareen".
Vamos "al grano".
LO PRIMERO ES LO PRIMERO.
-
"El que CALLA, OTORGA".
CALLAR ANTE MAS DEL 10% DE PARO, ES OTORGAR LA RAZON AL GOBIERNO.
(VredondoF)

varios

NOTA DE VRedondoF :Por su interes publico una aportacion de "vamosdecraneosinodeculo" al foro de El Confidencial a proposito del articulo de Carlos Sanchez ¿Politicos a la carcel ?(nº 46 3/07/2011)
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De la tranparencia de la acción pública

Para resolver la ocultación de la información pública no hace falta inventar la rueda, que ya está inventada, sino copiar a los inventores.

Y da la casualidad de que en Europa ya hay legislación sobre esto.

Y da la casualidad de que el PSOE ganó las elecciones en 2004 con un programa electoral que incluía adoptar esas prácticas europeas:

"La Comisión Europea y diversos países de la Unión han adoptado normas destinadas a regular el acceso de los ciudadanos a los informes y archivos de las Administraciones como contribución decisiva a [los principios] de libertad, de democracia, de respeto de los derechos y libertades fundamentales y del Estado de Derecho"

"Los socialistas creemos que una democracia sólo puede fundamentarse en la transparencia en la acción pública, y por tanto en el libre acceso a la información por parte de los ciudadanos"

"Impulsaremos una Ley sobre el derecho al libre acceso a la Información que garantice que todos los poderes, autoridades públicas y entidades sostenidas con fondos públicos faciliten el libre acceso a toda información o documento oficial, con [excepción de] protección de datos o secretos oficiales"

"Facilitaremos el acceso a través de la red a la información y a los servicios públicos"

"Garantizaremos el acceso on-line de los ciudadanos a la evaluación del ingreso y gasto público a través de internet"


[Ver la página 41 y ss. del programa electoral de 2004]

Todavía tiene tiempo de meternos en Europa.

Pero yo tengo la impresión de que muchos líderes y dirigentes españoles creen que les va mejor si España no está en Europa.

Cómo se financian los partidos políticos

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Paso a pasoPaso a paso

  1. Paso 1Financiación pública.
    a) Las subvenciones públicas por gastos electorales.
    b) Las subvenciones estatales anuales para gastos de funcionamiento.
    c) Las subvenciones anuales que las Comunidades Autónomas establezcan para gastos de funcionamiento en el ámbito autonómico correspondiente.
    d) Las subvenciones extraordinarias para realizar campañas de propaganda.
    e) Las aportaciones que los partidos políticos puedan recibir de los Grupos Parlamentarios de las Cámaras de las Cortes Generales, de las Asambleas Legislativas de las Comunidades Autónomas, de las Juntas Generales de los Territorios Históricos vascos y de los grupos de representantes en los órganos de las Administraciones Locales.
  2. Paso 2Financiación privada.
    a) Las cuotas y aportaciones de sus afiliados.
    b) Los productos de las actividades propias del partido político y los rendimientos procedentes de la gestión de su propio patrimonio, los beneficios procedentes de sus actividades promocionales, y los que puedan obtenerse de los servicios que puedan prestar en relación con sus fines específicos.
    c) Las donaciones en dinero o en especie.
    d) Los fondos procedentes de los préstamos o créditos que concierten.
    e) Las herencias o legados que reciban.
  3. Paso 3Subvenciones por gastos en Elecciones de Diputados y Senadores (Elecciones Generales).
    Subvenciones por resultados electorales
    - Subvención de 21.167,64 euros por cada escaño obtenido en el Congreso de los Diputados o en el Senado.
    - Subvención de 0,79 euros por cada uno de los votos conseguidos por cada candidatura al Congreso, uno de cuyos miembros, al menos, hubiera obtenido escaño de Diputado.
    - Subvención de 0,32 euros por cada uno de los votos conseguidos por cada candidato que hubiera obtenido escaño de Senador.
    Límite máximo subvenciones por resultados electorales
    Para las elecciones a las Cortes Generales o a cualquiera de sus Cámaras, el límite de los gastos electorales será el que resulte de multiplicar por 0,37 euros el número de habitantes correspondientes a la población de derecho de las circunscripciones donde presente sus candidaturas cada partido, federación, coalición o agrupación.
    Subvenciones por envíos de propaganda electoral
    Además de las subvenciones anteriores, el Estado subvencionará a los partidos, federaciones, coaliciones o agrupaciones los gastos electorales originados por el envío directo y personal a los electores de sobres y papeletas electorales o de propaganda y publicidad electoral de acuerdo con las reglas siguientes:
    - Se abonará 0,21 euros por elector en cada una de las circunscripciones en las que haya presentado lista al Congreso de los Diputados y al Senado, siempre que la candidatura de referencia hubiera obtenido el número de Diputados o Senadores o de votos precisos para constituir un grupo parlamentario en una u otra Cámara. La obtención de grupo parlamentario en ambas Cámaras no dará derecho a percibir la subvención más que una sola vez.
    - La cantidad subvencionada no estará incluida dentro del límite indicado anteriormente, siempre que se haya justificado la realización efectiva de la actividad a que se refiere este apartado.
  4. Paso 4Subvenciones por gastos en Elecciones Municipales.
    Subvenciones por resultados electorales
    - Subvención de 253,78 euros por cada concejal electo.
    - Subvención de 0,51 euros por cada uno de los votos conseguidos por cada candidatura, uno de cuyos miembros, al menos, hubiera sido proclamado Concejal.
    Límite máximo subvenciones por resultados electorales
    Para las elecciones municipales, el límite de los gastos electorales será el que resulte de multiplicar por 0,11 euros el número de habitantes correspondientes a las poblaciones de derecho de las circunscripciones donde presente sus candidaturas cada partido, federación, coalición o agrupación. Por cada provincia, aquellos que concurran a las elecciones en, al menos, el 50 por 100 de sus municipios, podrán gastar, además, otros 140.877,24 euros por cada una de las provincias en las que cumplan la referida condición.
    Subvenciones por envíos de propaganda electoral
    Adicionalmente a las subvenciones anteriores, el Estado subvencionará a los partidos, federaciones, coaliciones o agrupaciones los gastos electorales originados por el envío directo y personal a los electores de sobres y papeletas electorales o de propaganda y publicidad electoral de acuerdo con las reglas siguientes:
    - Se abonará 0,20 euros por elector en cada una de las circunscripciones en las que haya obtenido representación en las Corporaciones Locales de que se trate, siempre que la candidatura de referencia hubiese presentado listas en el 50 por 100 de los municipios de más de 10.000 habitantes de la provincia correspondiente y haya obtenido, al menos, representación en el 50 por 100 de los mismos.
    - La cantidad subvencionada no estará incluida dentro del límite indicado anteriormente, siempre que se haya justificado la realización efectiva de la actividad a que se refiere este apartado.
  5. Paso 5Subvenciones Estatales Anuales.
    Características de las subvenciones
    - Se ha de obtener representación en el Congreso de los Diputados. No se financian los escaños del Senado.
    - Los créditos para abonar estas subvenciones son fijados en los Presupuestos Generales del Estado, no pudiendo abonarse más cantidad que la fijada en dichos presupuestos y resulte del reparto correspondiente.
    - Estas subvenciones no son susceptibles de anticipo y se abonan mensualmente a las formaciones políticas.
    - La fijación de las cuantías se produce al inicio de cada ejercicio, una vez aprobados los Presupuestos Generales del Estado, o una vez celebradas Elecciones Generales, que al determinar nuevos resultados obliga a efectuar un nuevo reparto.
    Criterios de reparto
    Los criterios para efectuar el reparto de las cantidades asignadas a ambas subvenciones en los Presupuestos Generales del Estado son los siguientes:
    - Las cantidades consignadas en los Presupuestos se dividen en tres partes iguales.
    - Un tercio se divide por el número de escaños, 350 en la actualidad, dando lugar a un coeficiente. Dicho coeficiente se multiplica por el número de escaños de cada formación, con lo cual se obtiene una cantidad de euros para cada una de las formaciones.
    - Los dos tercios restantes se dividen por el total de votos de las formaciones que han obtenido escaños en la Legislatura, dando lugar a otro coeficiente. Dicho coeficiente se multiplica por el número de votos de cada formación, con lo cual se obtiene otra cantidad de euros para cada formación.
    - La suma de las dos cantidades de euros mencionadas anteriormente dan lugar a la cantidad anual que corresponde a cada formación.
    - Esta cantidad anual se divide entre doce, ya que estas subvenciones se abonan mensualmente.
    Control
    El control de estas subvenciones lo efectúa el Tribunal de Cuentas y para ello, las formaciones políticas deben presentar, en el plazo de seis meses, a partir del cierre de cada ejercicio, una contabilidad detallada y documentada de sus respectivos ingresos y gastos. El Tribunal de Cuentas procede a fiscalizar la citada contabilidad y eleva el correspondiente informe a la Comisión Mixta Congreso-Senado para las Relaciones con el Tribunal de Cuentas.
  6. Paso 6Ayudas Extraordinarias por Referéndum.
    Estas ayudas van dirigidas a sufragar los gastos ocasionados a los grupos políticos con representación parlamentaria en el Congreso de los Diputados por la realización de actividades de información, explicación y divulgación pública de los contenidos del Tratado por el que se establece una Constitución para Europa.
    Cuantía
    El Estado financia por los gastos efectivamente realizados y justificados con los límites máximos siguientes:
    - 8.571,428 € por cada escaño obtenido en el Congreso de los Diputados.
    - 0,2442 € por cada voto conseguido por cada candidatura el Congreso. No se computarán los votos obtenidos en aquellas circunscripciones en que no se hubiera alcanzado el tres por ciento de los votos válidos emitidos.
    Solicitud
    Se solicitarán ante la Dirección General de Política Interior, acreditando la condición de beneficiario y designando la cuenta bancaria correspondiente.
    A la solicitud se puede acompañar la del pago anticipado del 75 %.
    Pago Anticipado
    Se podrá conceder un pago anticipado, previa solicitud, por un máximo del 75 % del límite de la ayuda que tendrían derecho a percibir.
    Justificación
    Con tres documentos, que habrán de ser presentados en el plazo de tres meses contado desde la presentación de la solicitud:
    - Memoria: en la que se expresan las actividades realizadas y a las que corresponde imputar los gastos contenidos en la cuenta justificativa.
    - Cuenta Justificativa: gastos debidamente justificados y pagados y deberán relacionarse con expresión del número de orden, fecha, concepto, importe, fecha de pago y referencia del justificante
    - Certificación del representante de la entidad beneficiaria en la que se señalará que los gastos consignados se corresponden con el objeto de la ayuda.
    Control
    Corresponde al órgano competente, sin perjuicio de las actividades de control que, por su propio cometido pueda ejercer el Tribunal de Cuentas y la Intervención General del Estado.


Cómo se financian los partidos políticos